HERRAMIENTAS/VIDA PRÁCTICA

Contribución Audiovisual (CAV)

Vea cuánto paga de Contribución Audiovisual en la factura de electricidad: importe normal, reducción social, exención por consumo inferior a 400 kWh/año e IVA del 6%.

·ACTUALIZADO AGOSTO 2026·4 MIN·FUENTES OFICIALES
EN RESUMEN
Importe normal
2,85 € + IVA 6% / mes
Con reducción
1,00 € + IVA 6% / mes
Exención
< 400 kWh / año
OE 2026
importes no actualizados
kWh
Por debajo de 400 kWh/año, la CAV queda exenta o se devuelve.
ESTADO DE LA CAV
Base mensual
IVA mensual (6%)
Mensual con IVA
Anual con IVA
Ahorro anual frente al normal

Cómo funciona

La Contribución Audiovisual es una pequeña línea fija en la factura de la electricidad, pero tiene tres reglas que conviene comprobar: el importe normal, la reducción social y la exención por bajo consumo anual. Esta herramienta aplica la Lei n.º 30/2003, confirma la no actualización en el Presupuesto del Estado para 2026 y suma el IVA del 6% usado en las facturas.

  1. 1
    Empiece por el consumo anual
    Si el consumo anual de electricidad queda por debajo de 400 kWh, la ley prevé la exención de la CAV. La ERSE explica que, si el cobro ya se produjo, el importe debe devolverse a final de año.
  2. 2
    Compruebe si hay reducción social
    Cuando no se aplica la exención por bajo consumo, algunos consumidores identificados en el marco de la tarifa social pagan una CAV reducida: 1,00 € al mes antes de IVA, en lugar de 2,85 €.
  3. 3
    Aplique el IVA del 6%
    La CAV aparece en la factura de la electricidad y lleva IVA al tipo reducido del 6%. Así, el importe normal con IVA es 3,02 € al mes; el reducido es 1,06 € al mes.
  4. 4
    Multiplique por el período facturado
    En una factura mensual se cobra una mensualidad. En una bimestral se cobran dos. La herramienta muestra también el coste anual para comparar el impacto real.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Contribución Audiovisual (CAV)?
Es una contribución que se cobra en la factura de la electricidad para financiar el servicio público de radio y televisión. La ERSE explica que la debe el consumidor de electricidad, use o no el servicio de televisión.
¿Cuánto se paga de CAV en 2026?
El importe normal es 2,85 € al mes antes de IVA. Con IVA del 6%, son 3,02 € al mes. El Presupuesto del Estado para 2026 dice que los importes mensuales de la Lei n.º 30/2003 no se actualizan.
¿Quién paga solo 1 € de CAV?
La ley reduce la CAV a 1,00 € al mes para consumidores en situaciones como el complemento solidario para mayores, el rendimento social de inserção, el subsidio social de desempleo, el 1.er tramo del abono de família o la pensión social de invalidez. La identificación se hace en el marco de la tarifa social.
¿Quién está totalmente exento?
Los consumidores con un consumo anual inferior a 400 kWh están exentos. La ley también excluye la electricidad usada en ciertas actividades agrícolas CAE 011 a 015, cuando el contador permite individualizar ese consumo.
¿La CAV se cobra en una factura bimestral?
Sí. Como la CAV es mensual, una factura bimestral normalmente muestra dos mensualidades. Por eso la herramienta permite elegir 1 o 2 meses en el período facturado.
FUENTES OFICIALES
AVISO
Herramienta informativa para contratos de electricidad en Portugal. Asume que la CAV se cobra por mes y que el IVA aplicable es del 6%. La reducción social depende de la identificación del consumidor en el marco de la tarifa social; la exención por consumo inferior a 400 kWh puede depender de la liquidación anual o del histórico usado por el comercializador. Las actividades agrícolas CAE 011-015 solo quedan excluidas cuando el contador individualiza ese consumo. Compruebe siempre su factura y su comercializador.