HERRAMIENTAS/IMPUESTOS

Tramos de IRS 2026

Tabla, tipos y parcela a deducir

En 2026 hay nueve tramos de IRS: 12,5% hasta 8 342 € de base imponible y 48% por encima de 86 634 €, en la tabla del art. 68.º del Código del IRS en vigor (Lei n.º 73-A/2025). Cada tipo se aplica solo a la parte de los ingresos que cabe en el tramo. El 9 de octubre de 2026, el Parlamento aprobó la rebaja de los tipos de los seis primeros tramos para los ingresos de 2026 (el 1.º pasa al 12,2%), que aún espera promulgación y decreto-ley.

·ACTUALIZADO OCTUBRE 2026·10 MIN·FUENTES OFICIALES
EN RESUMEN
1.º tramo (en vigor)
12,5% hasta 8 342 €
9.º tramo
48% por encima de 86 634 €
Rebaja aprobada el 9/10/2026
Del 1.º al 6.º tramo: 12,2% a 34,6% (sin publicar)
Propuesta para 2027
Límites +3,9%: 1.º tramo hasta 8 666 €
Casados, tributación conjunta
Tabla aplicada a la mitad de los ingresos, × 2
Deducción específica 2026
4 587,09 € (salarios y pensiones)
Mínimo de existencia 2026
12 880 € de ingresos brutos
Retención mensual
Otras tablas (Despacho n.º 233-A/2026)
AÑO DE LOS INGRESOS
DESDE
DECLARACIÓN
€
Después de las deducciones específicas y minoraciones. En una pareja en conjunta, indique el total de la pareja.
SU TRAMO · 2026
·

·

Renta imponible·
Cuota de la tabla (art. 68.º)·
Tipo medio·

·

·

Tabla de los tramos de IRS 2026

Art. 68.º del Código del IRS, en la redacción de la Lei n.º 73-A/2025, en vigor desde el 1 de enero de 2026. La última columna muestra el tipo aprobado por el Parlamento el 9 de octubre para los mismos ingresos de 2026, aún no en vigor.

TramoRenta imponibleTasa normalTipo medioCantidad a deducirCon la rebaja*
1.ºHasta 8 342 €12,5%12,500%0,00 €12,2%
2.ºDe más de 8 342 € hasta 12 587 €15,7%13,579%266,94 €15,2%
3.ºDe más de 12 587 € hasta 17 838 €21,2%15,823%959,26 €20,7%
4.ºDe más de 17 838 € hasta 23 089 €24,1%17,705%1 476,45 €23,6%
5.ºDe más de 23 089 € hasta 29 397 €31,1%20,579%3 092,77 €30,6%
6.ºDe más de 29 397 € hasta 43 090 €34,9%25,130%4 209,94 €34,6%
7.ºDe más de 43 090 € hasta 46 566 €43,1%26,472%7 743,27 €43,1%
8.ºDe más de 46 566 € hasta 86 634 €44,6%34,856%8 441,48 €44,6%
9.ºSuperior a 86 634 €48,0%–11 387,17 €48,0%

El tipo medio es el de la ley, calculado en el límite superior de cada tramo. La parcela a deducir no está en la ley: es la forma práctica de la regla del n.º 2, límite anterior × (tipo normal − tipo medio anterior), para que impuesto = ingresos × tipo − parcela. El folleto de la AT «Taxas aplicáveis 2026» indica 959,13 € en el 3.er tramo porque redondea el tipo medio del 2.º al 13,58%; con el 13,579% de la ley da 959,26 €. *Rebaja aprobada por el Parlamento el 9 de octubre de 2026 para los ingresos de 2026 (Proposta de Lei n.º 108/XVII), aún a la espera de promulgación y del decreto-ley.

Por encima de 80 000 €: la tasa adicional de solidaridad

Además de la tabla, la renta imponible superior a 80 000 € paga un 2,5% hasta 250 000 € y un 5% por encima (art. 68.º-A). Con 100 000 €, la tasa adicional es de 500 € (2,5% de 20 000 €). En la tributación conjunta se aplica a la mitad de la renta y se duplica, por lo que solo empieza por encima de 160 000 € del matrimonio.

Cómo funciona

El simulador lee la tabla del art. 68.º del Código del IRS vigente para 2026 y muestra el tramo, el tipo marginal, el impuesto de la tabla (la coleta) y el tipo medio. Para 2026 compara también con la bajada aprobada por el Parlamento; para 2027 usa la tabla de la propuesta de Presupuesto. Todo funciona en su navegador.

  1. 1
    Elija su punto de partida
    Con la renta imponible (rendimento coletável), que figura en la demonstração de liquidação del IRS, la tabla se aplica directamente. Con el salario o la pensión bruta anual, el simulador resta la deducción específica (4 587,09 € en 2026, o el 11% de cotizaciones a la Segurança Social cuando sea mayor) y la reducción del mínimo de existência.
  2. 2
    Indique si presenta la declaración individual o conjunta
    En la tributación conjunta, la tabla se aplica a la mitad de la renta imponible del matrimonio y el impuesto se multiplica por dos (art. 69.º del CIRS). El tramo mostrado es el de esa mitad.
  3. 3
    La cuenta es la de la ley
    La renta hasta el límite del tramo anterior paga el tipo medio de ese tramo y el exceso paga el tipo normal de su tramo (art. 68.º, n.º 2). Da lo mismo que renta × tipo − parcela a abater. Por encima de 80 000 € se suma la tasa adicional de solidaridad.
  4. 4
    Qué queda fuera
    El resultado es la coleta. Faltan aún las deducciones a la coleta (dependientes, gastos generales familiares, salud, educación, vivienda), la exención del IRS Jovem y lo ya retenido a lo largo del año.

La bajada de tipos de 2026 aprobada el 9 de octubre

El 17 de septiembre de 2026, el Gobierno aprobó un proyecto de ley para bajar los tipos de los seis primeros tramos en las rentas obtenidas en 2026. El Parlamento lo aprobó el 9 de octubre en una sola sesión, en la generalidad, en la especialidad y en votación final global (a favor PSD, CH, IL, CDS-PP y JPP, en contra el PCP, abstención de PS, L y BE), y lo envió a promulgación el 12 de octubre. Es una ley de autorización: la nueva tabla solo entra en el Código del IRS cuando el Gobierno publique el decreto-ley, cuyo proyecto se anexa a la propuesta. Los límites de los tramos no cambian.

TramoRenta imponibleVigenteCon la bajadaTipo medioCantidad a deducir
1.ºHasta 8 342 €12,5%12,2%12,200%0,00 €
2.ºDe más de 8 342 € hasta 12 587 €15,7%15,2%13,212%250,26 €
3.ºDe más de 12 587 € hasta 17 838 €21,2%20,7%15,416%942,51 €
4.ºDe más de 17 838 € hasta 23 089 €24,1%23,6%17,277%1 459,86 €
5.ºDe más de 23 089 € hasta 29 397 €31,1%30,6%20,136%3 076,15 €
6.ºDe más de 29 397 € hasta 43 090 €34,9%34,6%24,732%4 251,98 €
7.ºDe más de 43 090 € hasta 46 566 €43,1%43,1%26,103%7 914,77 €
8.ºDe más de 46 566 € hasta 86 634 €44,6%44,6%34,658%8 613,31 €
9.ºSuperior a 86 634 €48,0%48,0%–11 558,71 €

Tipos y tipos medios del proyecto de decreto-ley anexo a la Proposta de Lei n.º 108/XVII; la parcela a abater la calculamos nosotros con la misma regla de la tabla anterior. La propuesta dice que «a redução aplica-se aos rendimentos obtidos em 2026, produzindo efeitos desde 1 de janeiro».

Lo que supone en la coleta de quien declara solo: 33,32 € menos con 10 000 € de renta imponible (1 269,74 € en vez de 1 303,06 €), 108,38 € menos con 25 000 € (4 573,85 € en vez de 4 682,23 €) y 171,83 € menos con 50 000 €. Los tramos superiores también ganan, porque los primeros euros pasan por los tramos más baratos.

Tramos de IRS 2027: la propuesta de Presupuesto del Estado

La propuesta de Presupuesto del Estado para 2027 (Proposta de Lei n.º 110/XVII, entregada el 8 de octubre de 2026) mantiene los tipos reducidos de la sección anterior y sube todos los límites cerca de un 3,9%: el 1.º tramo llega hasta 8 666 € y el 9.º empieza por encima de 89 995 €. La tasa adicional de solidaridad pasaría a empezar en 89 995 €, el límite del último tramo, en vez de 80 000 €, y el valor de referencia del mínimo de existência subiría a 13 580 €. Aún no está aprobada: la votación en la generalidad está fijada para el 28 de octubre y la votación final global para el 24 de noviembre de 2026; si prospera, se aplica desde el 1 de enero de 2027.

TramoRenta imponibleTasa normalTipo medioCantidad a deducir
1.ºHasta 8 666 €12,2%12,200%0,00 €
2.ºMás de 8 666 € hasta 13 075 €15,2%13,212%259,98 €
3.ºMás de 13 075 € hasta 18 530 €20,7%15,416%979,06 €
4.ºMás de 18 530 € hasta 23 985 €23,6%17,277%1 516,50 €
5.ºMás de 23 985 € hasta 30 538 €30,6%20,136%3 195,52 €
6.ºMás de 30 538 € hasta 44 762 €34,6%24,732%4 417,02 €
7.ºMás de 44 762 € hasta 48 373 €43,1%26,104%8 221,88 €
8.ºMás de 48 373 € hasta 89 995 €44,6%34,658%8 947,07 €
9.ºMás de 89 995 €48,0%–12 007,13 €

Propuesta, no ley: art. 60.º de la Proposta de Lei n.º 110/XVII (OE2027), en la versión entregada. La parcela a abater la calculamos nosotros. La deducción específica sigue siendo 8,54 × IAS, por lo que el valor de 2027 depende del IAS fijado en diciembre de 2026.

Cómo funcionan los tramos: solo la parte de arriba paga el tipo más alto

El IRS es progresivo por tramos. Con 25 000 € de renta imponible se está en el 5.º tramo (31,1%), pero el 31,1% solo recae sobre los 1 911 € por encima de 23 089 €. La ley hace la cuenta en dos partes (art. 68.º, n.º 2): el límite del tramo anterior por el tipo medio de ese tramo (23 089 € × 17,705% = 4 087,91 €) más el exceso por el tipo de su tramo (1 911 € × 31,1% = 594,32 €). Total: 4 682,23 €, un tipo medio del 18,73%. La parcela a abater da lo mismo: 25 000 × 31,1% − 3 092,77 = 4 682,23 €.

Renta imponibleTramoLa cuenta (art. 68.º, n.º 2)ColetaTipo medio
10 000 €2.º (15,7%)8 342 × 12,5% + 1 658 × 15,7%1 303,06 €13,03%
25 000 €5.º (31,1%)23 089 × 17,705% + 1 911 × 31,1%4 682,23 €18,73%
50 000 €8.º (44,6%)46 566 × 26,472% + 3 434 × 44,6%13 858,52 €27,72%

Quien declara solo, tabla de 2026 vigente. La coleta es el impuesto antes de las deducciones a la coleta (dependientes, gastos generales, salud, educación, vivienda) y de la retención ya pagada.

Tipo marginal y tipo medio: cuál es el suyo

El tipo marginal es el del tramo donde está su último euro: indica cuánto IRS paga cada euro adicional, como un aumento, una prima o un alquiler. El tipo medio es la coleta dividida por la renta imponible: indica cuánto pesa el IRS en el total. Con 50 000 €, el tipo marginal es 44,6% y el medio 27,72%. Subir de tramo no encarece el impuesto sobre lo que ya ganaba: un aumento de 23 089 € a 23 589 € paga 31,1% solo sobre los 500 € nuevos (155,50 €).

Del salario bruto a la renta imponible

La tabla no se aplica al salario bruto. Primero se resta la deducción específica: en el trabajo por cuenta ajena, 4 587,09 € en 2026 (8,54 × IAS de 537,13 €, art. 25.º), o las cotizaciones obligatorias a la Segurança Social, si son mayores. Con el 11% habitual, esto ocurre por encima de 41 700,82 € brutos al año. En las pensiones, la deducción es la misma, 4 587,09 €, hasta el valor de la pensión (art. 53.º). En las rentas bajas entra después la reducción del mínimo de existência. Lo que queda, sumado entre categorías, es la renta imponible (art. 22.º).

  • Salario bruto de 30 000 € al año (14 × 2 142,86 €): 30 000 − 4 587,09 = 25 412,91 € de renta imponible, 5.º tramo, coleta de 4 810,64 €.
  • Salario bruto de 50 000 €: las cotizaciones (5 500 €) pasan a ser la deducción y quedan 44 500 € de renta imponible, 7.º tramo, coleta de 11 436,23 €.
  • Los intereses y dividendos pagan una tasa liberatoria del 28% (art. 71.º) y solo entran en los tramos si opta por la acumulación (englobamento). Los no residentes no usan esta tabla: los salarios y pensiones obtenidos en Portugal pagan, por regla general, el 25% (art. 71.º, folleto de la AT).

Mínimo de existência en 2026: 12 880 €

El valor de referencia es el mayor entre 12 880 € y 1,5 × 14 × IAS (11 279,73 €), es decir, 12 880 €, 14 veces el salario mínimo de 920 € (art. 70.º, en la redacción de la Lei n.º 73-A/2025). Para quien vive sobre todo de un salario o una pensión, funciona como una reducción por titular que baja la renta imponible. Con 12 880 € brutos: 12 880 − 4 587,09 de deducción específica − 6 292,91 de reducción = 2 000 € imponibles, una coleta de 250 € que la deducción de gastos generales familiares (hasta 250 €) puede anular.

La reducción se encoge a medida que sube la renta. Entre 12 880 € y 14 641,67 € brutos, cada euro adicional suma 3,60 € a la renta imponible, porque la reducción baja 2,60 €; la coleta sube 45 céntimos por euro (3,6 × 12,5%). Entre 14 641,67 € y 15 910,25 €, cada euro suma 2,35 €, unos 37 céntimos de impuesto. Por encima de 15 910,25 €, un trabajador solo ya no tiene reducción. Los dos umbrales son cuentas nuestras con la fórmula del art. 70.º; la AT publica las fórmulas simplificadas de 2026 en el primer trimestre de 2027. La reducción no se aplica cuando la renta bruta supera 16 543,60 € por sujeto pasivo (2,2 × 14 × IAS).

Casados y parejas de hecho: la tabla se aplica a la mitad

En la tributación conjunta, la renta imponible del matrimonio se divide por dos, se aplica la tabla a esa mitad y el resultado se multiplica por dos (art. 69.º). El tramo de un matrimonio es, por tanto, el de la mitad de su renta. La declaración conjunta compensa cuando las rentas son desiguales: con 40 000 € y 10 000 € imponibles, por separado pagan 9 750,06 € + 1 303,06 € = 11 053,12 €; en conjunto, la mitad de 50 000 € son 25 000 € y la coleta es 2 × 4 682,23 € = 9 364,46 €, 1 688,66 € menos. Con rentas iguales, la tabla da el mismo resultado.

Los tramos no son las tablas de retención en la fuente

Los tramos del art. 68.º calculan el impuesto del año entero, en la declaración presentada del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente (art. 60.º). Las tablas de retención en la fuente son otra cosa: indican cuánto descuenta cada mes la entidad empleadora o la Segurança Social, a cuenta de ese impuesto. En 2026 son las del Despacho n.º 233-A/2026, con valores mensuales y parcelas propias. Quien busca «tabla IRS 2026» encuentra sobre todo estas: la calculadora de retención en la fuente las aplica a su salario.

En la liquidación anual, la AT calcula el impuesto del año (coleta menos deducciones) y lo compara con lo retenido: la diferencia es la devolución o el importe a pagar. El simulador de devolución del IRS hace ese ajuste con las deducciones, y la calculadora de IRS pasa del salario bruto al neto.

IRS Jovem y los tramos

Hasta los 35 años, el IRS Jovem exime parte de las rentas del trabajo (categorías A y B) durante 10 años: 100% el 1.º año, 75% del 2.º al 4.º, 50% del 5.º al 7.º y 25% del 8.º al 10.º, con el límite de 55 × IAS por año (29 542,15 € en 2026). La parte exenta no paga impuesto, pero cuenta para determinar el tipo aplicable al resto (art. 12.º-B, n.º 4, y art. 22.º, n.º 4), por lo que puede mantenerlo en un tramo más alto. El simulador de IRS Jovem calcula el ahorro.

Madeira y Azores: tipos un 30% más bajos

Los tramos son los mismos; los tipos no. En Madeira, la tabla de 2026 está en el art. 18.º del Decreto Legislativo Regional n.º 8/2025/M, con efectos desde el 1 de enero de 2026: 8,75% en el 1.º tramo y 33,6% en el último.

TramoRenta imponibleTasa normalTipo medio
1.ºHasta 8 342 €8,75%8,750%
2.ºDe más de 8 342 € hasta 12 587 €10,99%9,505%
3.ºDe más de 12 587 € hasta 17 838 €14,84%11,076%
4.ºDe más de 17 838 € hasta 23 089 €16,87%12,394%
5.ºDe más de 23 089 € hasta 29 397 €21,77%14,406%
6.ºDe más de 29 397 € hasta 43 090 €24,43%17,591%
7.ºDe más de 43 090 € hasta 46 566 €30,17%18,530%
8.ºDe más de 46 566 € hasta 86 634 €31,22%24,399%
9.ºSuperior a 86 634 €33,60%–

En las Azores no hay tabla propia: los tipos nacionales vigentes cada año tienen una reducción del 30% (art. 4.º del DLR n.º 2/99/A, en la redacción del DLR n.º 15-A/2021/A). Aplicada a la tabla de 2026, da los mismos tipos normales de Madeira, del 8,75% al 33,6%. La tasa adicional de solidaridad es del 1,75% y el 3,5% en las Azores y del 2,5% y el 5% en Madeira, como en el continente (folleto de la AT). El simulador de arriba usa la tabla del continente.

Tramos de IRS en 2024, 2025 y 2026

Cada columna es la tabla del art. 68.º vigente a finales de ese año. Los límites subieron cerca de un 4,6% de 2024 a 2025 y cerca de un 3,5% de 2025 a 2026; los tipos bajaron del 1.º al 8.º tramo en 2025 y del 2.º al 5.º en 2026.

Tramo202420252026
1.ºhasta 7 703 €13,0%hasta 8 059 €12,5%hasta 8 342 €12,5%
2.ºhasta 11 623 €16,5%hasta 12 160 €16,0%hasta 12 587 €15,7%
3.ºhasta 16 472 €22,0%hasta 17 233 €21,5%hasta 17 838 €21,2%
4.ºhasta 21 321 €25,0%hasta 22 306 €24,4%hasta 23 089 €24,1%
5.ºhasta 27 146 €32,0%hasta 28 400 €31,4%hasta 29 397 €31,1%
6.ºhasta 39 791 €35,5%hasta 41 629 €34,9%hasta 43 090 €34,9%
7.ºhasta 43 000 €43,5%hasta 44 987 €43,1%hasta 46 566 €43,1%
8.ºhasta 80 000 €45,0%hasta 83 696 €44,6%hasta 86 634 €44,6%
9.ºmás de 80 000 €48,0%más de 83 696 €48,0%más de 86 634 €48,0%

2024: Lei n.º 33/2024 (agosto de 2024), que sustituyó la tabla de la Lei n.º 82/2023. 2025: Lei n.º 55-A/2025 (julio de 2025), que sustituyó la tabla de la Lei n.º 45-A/2024. 2026: Lei n.º 73-A/2025. Fuente: art. 68.º y redacciones anteriores en el Portal das Finanças.

Preguntas frecuentes

¿Cómo saber mi tramo de IRS?
Tome la base imponible anual y busque la fila de la tabla donde cabe: «até» (hasta) incluye el propio límite, por lo que 23 089 € sigue siendo el 4.º tramo. Si solo conoce el salario bruto, réstele 4 587,09 € de deducción específica (o el 11% de Segurança Social, por encima de 41 700,82 € al año). En tributación conjunta, use la mitad de los ingresos de la pareja.
Si paso al tramo siguiente, ¿acabo ganando menos?
No. El tipo más alto solo se aplica a la parte que supera el límite. Pasar de 23 089 € a 23 589 € de base imponible cuesta 155,50 € de impuesto (31,1% de 500 €); los primeros 23 089 € pagan lo mismo que antes.
¿Cuál es la tabla de IRS para jubilados?
La misma. Las pensiones entran en los tramos del art. 68.º; lo que cambia es la deducción específica, que en 2026 es de 4 587,09 € o el importe de la pensión, si es menor (art. 53.º), y también se aplica el mínimo de existencia. Lo propio son las tablas de retención mensual: los pensionistas tienen las suyas en el Despacho n.º 233-A/2026.
¿Cuáles son las tablas de retención en la fuente para 2026?
Las del Despacho n.º 233-A/2026, de 6 de janeiro, que rigen durante 2026 para el trabajo por cuenta ajena y las pensiones en el continente. Sirven para el descuento de cada mes; el impuesto del año sale de los tramos del art. 68.º, en la declaración presentada del 1 de abril al 30 de junio de 2027. La calculadora de retención en la fuente de este sitio aplica las tablas I, II y III.
¿Qué va a cambiar en el IRS en 2026?
Ya cambió una vez: la Lei n.º 73-A/2025 subió los límites de los tramos cerca de un 3,5% y bajó 0,3 puntos los tipos del 2.º al 5.º tramo. El 9 de octubre de 2026, el Parlamento aprobó otra rebaja, del 1.º al 6.º tramo (el 1.º pasa del 12,5% al 12,2%), para los ingresos de todo el año 2026. Falta aún la promulgación, la publicación y el decreto-ley del Gobierno.
¿Los dependientes cambian el tramo de una pareja?
No. El tramo depende solo de la base imponible, o de la mitad de ella en tributación conjunta. Los dependientes cuentan después, como deducción de la cuota: 600 € por dependiente, más 126 € por cada uno de hasta 3 años (art. 78.º-A). En una pareja con dos titulares y dos hijos, la tabla se aplica a la mitad de los ingresos de la pareja y las deducciones vienen a continuación.
¿Existen tramos de IRS mensuales?
No. Los tramos del IRS son anuales y se aplican a la base imponible del año. Lo que es mensual son las tablas de retención en la fuente, que adelantan el impuesto en cada salario o pensión; la diferencia se ajusta en la declaración del año siguiente, con devolución o pago.
FUENTES OFICIALES
AVISO
Comprobé estas cifras en octubre de 2026 en el Portal das Finanças, el Diário da República y la web del Parlamento: art. 68.º del Código del IRS en la redacción de la Lei n.º 73-A/2025, arts. 25.º, 53.º, 68.º-A, 69.º y 70.º, y las Propostas de Lei n.º 108/XVII y n.º 110/XVII. La bajada aprobada el 9 de octubre y la tabla para 2027 aún no están en vigor y pueden cambiar. El simulador da la coleta de la tabla del continente: no aplica deducciones a la coleta, IRS Jovem, residente no habitual, IFICI, tipos especiales ni las tablas de Madeira y Azores, y en modo bruto asume un 11% de Segurança Social. No es asesoramiento fiscal; confirme en el Portal das Finanças.