HERRAMIENTAS/AUTÓNOMOS

Calculadora del Regime Simplificado

Base imponible por coeficiente (CIRS art. 31)

Elija el tipo de renta, indique lo que facturó en el año y vea cuánto cuenta para el IRS. Aplicamos los coeficientes oficiales del artículo 31 del CIRS y explicamos la regla de los gastos justificados. Cálculo en su navegador.

·ACTUALIZADO JULIO 2026·5 MIN·FUENTES OFICIALES
EN RESUMEN
Año fiscal
2025 (declaración en 2026)
Base legal
CIRS, artículo 31
Límite del régimen
Hasta 200.000 € de renta anual
Servicios (art. 151)
Coeficiente 0,75
BASE IMPONIBLE-
Renta bruta-
Coeficiente-
Base antes de la majoração-
Introduzca un importe para empezar.

Cómo funciona

El regime simplificado le evita la contabilidade organizada (contabilidad organizada): en vez de declarar gastos reales, Hacienda presume un margen. Se multiplica la renta bruta anual por un coeficiente fijado en el artículo 31 del CIRS según el tipo de renta, y el resultado es la base imponible: el importe que entra en el cálculo del IRS. La única vuelta de tuerca es la regla de majoração: para servicios (0,75 y 0,35), parte de la deducción presumida exige gastos justificados.

  1. 1
    Elija el tipo de renta
    Cada categoría tiene su propio coeficiente en el art. 31. La mayoría de los freelancers de servicios caen en el 0,75 (lista del art. 151) o en el 0,35.
  2. 2
    Indique la renta bruta anual
    El total facturado en el año, antes de cualquier deducción. Por encima de 200.000 € ya no puede usar el regime simplificado.
  3. 3
    Lea la base imponible
    Es renta × coeficiente. Para 0,75 y 0,35 mostramos también la posible majoração si no tiene gastos justificados.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la base imponible en el regime simplificado?
Es la parte de su renta que cuenta para el IRS. En el regime simplificado no declara gastos reales: Hacienda presume un margen de beneficio y aplica un coeficiente a la renta bruta. Por ejemplo, en un prestador de servicios (coeficiente 0,75), el 75% de lo facturado es base imponible y el 25% restante son gastos presumidos.
¿Qué coeficiente se aplica a mi actividad?
Depende del tipo de renta (CIRS art. 31): 0,15 para venta de mercancías y hostelería/restauración; 0,75 para profesionales de la lista del art. 151 (médicos, abogados, ingenieros, etc.); 0,35 para otras prestaciones de servicios (incluido el alojamento local fuera de zonas de contención); 0,95 para regalías y mais-valias (plusvalías); 0,30 y 0,10 para subvenciones. La calculadora enumera cada caso.
¿Qué es la regla de majoração (la parte que exige gastos justificados)?
Para los coeficientes 0,75 y 0,35, un 15% de la renta bruta queda condicionado: hay que justificarlo con gastos reales (cotizaciones a la Segurança Social por encima del 10%, la deducción específica de 4.462,15 €, alquileres, personal, gastos de la actividad registrados en e-fatura, etc.). Si no tiene gastos suficientes, la diferencia positiva se suma a la base imponible. En la práctica solo afecta a partir de rentas altas: por debajo de unos 29.748 € la deducción específica suele cubrirlo todo.
¿La base imponible es el impuesto que voy a pagar?
No. La base imponible es el importe que entra en el IRS; el impuesto sale después de englobarlo con otras rentas, aplicar los tramos progresivos y descontar las deducciones. Esta herramienta calcula la base, no el impuesto final. Para el siguiente paso, consulte la calculadora de recibos verdes.
¿En el primer año de actividad pago sobre todo?
No. En el año de inicio de actividad y en el siguiente, los coeficientes 0,75, 0,35 y 0,10 se reducen un 50% y un 25%, respectivamente (art. 31, n.º 10), siempre que no tenga rentas de las categorías A o H en esos años. Esta calculadora muestra el coeficiente normal; si está empezando, aplique la reducción a la base mostrada.
FUENTES OFICIALES
AVISO
Estimación basada en los coeficientes del artículo 31 del CIRS en vigor para 2025. No tiene en cuenta la reducción del 50%/25% en el inicio de actividad, la opción por la contabilidade organizada, ni el cálculo final del IRS (englobamento, tramos y deducciones). Los valores de majoração son una aproximación. No es asesoramiento fiscal. Confírmelo en el Portal das Finanças o con un contable colegiado.